A quién se dirigen y cuáles serán los montos hipotecarios promovidos por el gobierno
El gobierno envió esta semana un proyecto de ley al Congreso para mejorar la oferta de hipotecas para la construcción o la compra de una primera vivienda.
Estas líneas estarán disponibles para construcción en terreno propio o para adquisición; la adquisición o cambio de vivienda por una nueva (solo primer acto); reparación, extensión o terminación; y la adquisición o cambio de una sola vivienda para ocupación permanente.
¿Cuáles serán los créditos aplicables?
- Construcción de una primera o segunda vivienda en terreno propio o terreno a adquirir: El monto de la construcción será hasta el 100% del presupuesto de obra. Mientras que el monto por la compra de terreno será hasta el 80% de la tasación o precio de venta del terreno, solo para la construcción de una primera casa.
- Cambio de primera o segunda vivienda por nueva a estrenar (primer acto): En este caso, el importe de la compra incluirá hasta el 80% del precio de tasación o venta de la vivienda. Durante este tiempo, el monto del cambio será hasta el 100% de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere y el valor de la propiedad que se reemplaza.
- Reforma, ampliación o terminación de primera o segunda vivienda: El importe del préstamo en este caso incluye hasta el 100% del presupuesto de obra.
- Adquisición o modificación de vivienda individual con ocupación permanente: Importe de la adquisición: hasta el 80% del precio de tasación o venta de la vivienda. Monto de cambio: hasta el 100% de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere y el valor de la propiedad que se reemplaza.
Según el proyecto de ley del ejecutivo, el Banco Central fijará el monto máximo de crédito a otorgar y podrá integrar nuevas líneas de crédito a las mencionadas, como se menciona en el medio. Infobae.
¿Quién puede acceder a él?
En este sentido, los deudores que podrán ser elegidos para acceder a las líneas de crédito serán los residentes humanos que contraten un crédito hipotecario de una entidad financiera en unidades de valor de compra (UVA) el cual se puede actualizar por el coeficiente estabilización de referencia (CER). y Unidades Habitacionales (UVI) que pueden ser actualizados por el Índice de Costos de Construcción del Gran Buenos Aires “ICC” a partir de la vigencia de la norma.
Por otro lado, los bancos deben subsidiar una fracción de la tasa de interés, que establecerá el Banco Central, a los clientes que soliciten una hipoteca y mantengan los fondos depositados en una cuenta de ahorros u otros instrumentos en unidades. vivienda (UVI), actualizable por «ICC».
Asimismo, los fondos depositados en el momento de la solicitud del préstamo deben representar al menos el 20% del valor de tasación o el precio de venta del alojamiento para las líneas previstas o al menos el 10% del presupuesto de obras de las líneas. planificado. .
También se creará una “Compañía Hipotecaria Argentina”, la cual no comprometerá los recursos actuales del Tesoro Nacional ni del Banco Central y tendrá como objetivo administrar el Fondo Fiduciario de Hedge and Promotion (FFCP) para cubrir préstamos. desequilibrios de múltiples cuotas debido al desajuste entre salarios e inflación, así como la forma de asegurar el financiamiento bancario, a fin de reducir costos para el banco y las familias.
Se otorgarán garantías para promover inversiones financieras a través de títulos de deuda (VRD) en forma de fideicomisos financieros que operarán en el mercado de capitales, con el fin de brindar liquidez al instrumento.
El fideicomiso se financiará con parte del tramo hipotecario, aportes de las entidades, la misma rentabilidad obtenida por el fondo y un aporte inicial del Tesoro Nacional.
El objetivo del fondo será cambiar flujos ajustados según el coeficiente de variación salarial (CVS), más acorde a las preferencias de los deudores, con otros ajustados según los índices de precios y construcción (CER / ICC ), preferido por bancos e inversores.
El fondo se integrará a través de una contribución activa de los bancos que participan en el mercado de crédito hipotecario, cubriendo entre el 1% y el 5% del valor residual de cada préstamo hipotecario; un aporte trimestral de los bancos participantes hasta el 1,25% de la rentabilidad de los compromisos con intereses del BCRA del trimestre; y una prima contenida en el anticipo que debe pagar el deudor hipotecario. (Infobae y La Nueva.)
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